I

IMPERICIA
actos que se ejercen con ignorancia de las reglas respectivas. Falta o insuficiencia de aptitudes para el ejercicio de la profesión o arte. Desconocimiento de los procedimientos más elementales (Jorge López Bolado)
IMPRUDENCIA
actuación con culpa por no haber actuado con previsión y debida diligencia. Realización de actos inusitados, fuera de lo corriente que por ello pueden causar efectos dañosos (Jorge López Bolado)
IMPUESTOS INTERNOS
concepto que forma parte del costo del seguro, variando en algunos ramos. El asegurador actúa como agente de retención
INCAPACIDAD
ver invalidez
INCAUTACION
acción y efecto de incautarse
INCAUTARSE
tomar la autoridad competente bienes o dinero
INCENDIO
fuego grande que abrasa lo que no está destinado a arder
INCENDIO, RAMO DE
ramo del seguro que permite amparar contra este riesgo y otros como ampliación de cobertura que afecten a los edificios o a los contenidos
INDEMNIZACION
en principio, resarcir un daño o perjuicio hasta el límite de la suma asegurada
INDER
abreviatura de Instituto Nacional de Reaseguros
INDICE
parámetro a tener en cuenta para fijar la variación del precio de bienes por efectos inflacionarios. Ej. índice de la Cámara Argentina de la Construcción, índice de precios mayoristas no agropecuarios del I.N.D.E.C., etc
INEMBARGABILIDAD
que no es embargable. Característica de los seguros de vida
INEXISTENCIA DE RIESGO
el contrato de seguro es nulo si al tiempo de su celebración el siniestro ya se hubiera producido o desaparecido la posibilidad de que se produjera
INFIDELIDAD
deslealtad. Cobertura del ramo robo y riesgos similares por el accionar deshonesto de personal del asegurado, ocasionándole perjuicios económicos
INFORMACIONES
el asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin
INFRASEGURO
si el valor asegurado es inferior al valor asegurable, el asegurador sólo indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores, salvo pacto en contrario. Ver prorrata
INHABILIDADES ABSOLUTAS DEL PRODUCTOR ASESOR
impedimentos para poder ser productor asesor de seguros según enumeración del artículo 8 de la ley 22400
INHABILIDAD RELATIVA DEL PRODUCTOR ASESOR
situación contemplada en el art.9 de la ley 22400, prohibiendo actuar como productor asesor a los directores, gerentes, administradores y empleados en relación con los seguros de los clientes de las instituciones en las que presten servicios
INMERSION
introducir o introducirse en el seno de un líquido
INMUEBLE
bien que no puede trasladarse de un lugar a otro sin modificar su estructura
INOBSERVANCIA DE LOS REGLAMENTOS
desconocimiento de las disposiciones de carácter general dictados por autoridad competente
INSOLACION
enfermedad causada por la excesiva exposición al sol
INSOLVENCIA
imposibilidad legal de pagar una deuda
INSPECTOR DE PREVIAS
dícese de la persona que verifica el estado del riesgo antes de su aseguramiento
INSPECTOR DE SINIESTROS
dícese de la persona que verifica el estado de un riesgo después del acaecimiento del siniestro. Ver liquidador
INSTALACIONES
se entienden tanto las complementarias de los procesos y de sus maquinarias, como las correspondientes a los locales en los que se desarrolla la actividad del asegurado (condiciones generales del ramo incendio)
INSTIGACION
acción y efecto de instigar
INSTIGAR
provocar o inducir a que se haga una determinada cosa
INSTITORIO, AGENTE
ver agente institorio
INSTITUIR
designar. Por ejemplo instituir beneficiarios
INSUBORDINACION, HECHOS DE
ver rebelión, hechos de
INSURRECCION, HECHOS DE
ver rebelión, hechos de
INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS
organismo estatal de reaseguros creado por la ley 12988. Actualmente en liquidación
INTERES ASEGURABLE
relación de hecho o de derecho que liga a una persona con un bien, susceptible de valoración patrimonial objetiva o estimada
INTERESES
representan una prestación accesoria a favor del acreedor de una suma de dinero. Pueden ser compensatorios (por la privación del capital durante un determinado tiempo), moratorios (por el retardo en la devolución) o punitorios (como multa o pena adicional por incumplimiento de la obligación)
INTERPRETACION DE LAS EXCLUSIONES, CLAUSULA DE
cláusula inserta en los contratos de seguros por resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación donde se definen los términos de las exclusiones de las pólizas, derivados de determinados hechos (guerra civil, huelga, lock out, rebelión, etc.).
INTIMIDACION
amenaza irresistible directa o indirecta de daño físico inminente al asegurado, a sus familiares o a sus empleados o dependientes. (condiciones generales específicas de robo actividades comerciales, industriales y civiles)
INTOXICACION
acción y efecto de intoxicar
INTOXICAR
infeccionar con tóxicos o venenos
INTUITUS PERSONAE
Al asegurador no le es indiferente la persona del asegurado, revistiendo por el contrarioo suma importancia
INUNDACION
Acción y efecto de inundar
INUNDAR
cubrir con agua terrenos o fincas, por diversas circunstancias
INVALIDEZ
situación en que queda una persona en función laboral sin obtener total curación. Puede ser total o parcial, transitoria o permanente
INVENTARIO
por lo general asiento o recuento de existencias cualitativa y cuantitativamente para conocer el stock a una determinada fecha. Función que realiza el liquidador para determinar el valor a riesgo
INVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA
situación de quien debe probar su inocencia acreditando la culpa de otro. «En los supuestos de daños causados con las cosas, el dueño o guardián para poder eximirse de su responsabilidad deberá demostrar que de su parte no hubo culpa, pero si el daño hubiera sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder» (art.1113 del Código Civil modif.ley 17711)